Pleno de la SCJN resolvió 429 asuntos en 2019: Zaldívar

Explicó que los ministros generaron criterios importantes sobre la inconstitucio­nalidad del matrimonio infantil, discriminación contra parejas del mismo sexo, validez de impuestos ecológicos, etc.

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Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió durante 2019 un total de 429 asuntos, de los cuales más de la mitad correspondió a controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad, informó su presidente, Arturo Zaldívar.

En su informe anual, explicó que los ministros generaron criterios importantes sobre la inconstitucio­nalidad del matrimonio infantil, discriminación contra parejas del mismo sexo, validez de impuestos ecológicos, consulta previa para personas con discapacidad y pueblos indígenas.

Además, derechos de personas en situación de migración, paridad de género en materia electoral, transparencia y libertad de expresión, entre otros.

La Primera Sala resolvió tres mil 161 asuntos, con lo que generó avances significativos en cuestiones relacionadas con la libertad de expresión y protección de minorías, contra el discurso de odio, el sistema penal acusatorio, acceso al expediente en casos de graves violaciones a derechos humanos, entre otros.

La Segunda Sala resolvió tres mil 435 asuntos. En ellos se avanzó en la pro­tección del derecho de las personas con VIH/SIDA a no ser discriminadas, el derecho a la salud de las personas con padecimientos psiquiátricos.

Asimismo el derecho a la información en redes sociales, el deber de juzgar asuntos laborales con perspectiva de género, el uso terapéutico de cannabis y los derechos de las personas refugiadas.

Por otra parte, para consolidar a la doctrina constitucional de la Suprema Corte, se modificó la normativa de elaboración y sistematización de tesis jurisprudenciales, para cambiar la definición del concepto de «tesis» para efectos de publicación en el Semanario Judicial de la Federación.

De esta manera se busca transitar hacia un sistema de precedentes, que sólo considere obligatorios los criterios interpretativos utilizados para resolver casos concretos, y no otro tipo de consideraciones expresadas en las sentencias de los tribunales, expuso Zaldívar.