Cofece notifica medidas para la asignación de horarios en el AICM

La Comisión establece medidas correctivas que debe adoptar el AICM en materia de transparencia, control y criterios para calificar el uso de horarios de aterrizaje y despegue, con el objeto de evitar que se degrade la calidad del servicio prestado por las aerolíneas

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Ciudad de México.- El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) resolvió que los servicios de aterrizaje, despegue, uso y control de plataformas del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM o Aeropuerto) que utilizan los transportistas aéreos para operar en este aeródromo son un insumo esencial y que las reglas para su acceso generan afectaciones sistemáticas en la programación diaria de despegues y aterrizajes.

La Resolución sustenta la falta de normas consistentes o claras en la operación aeroportuaria, la ausencia de la aplicación efectiva de la normatividad vigente en relación con el mecanismo de asignación y supervisión de los horarios de despegue y aterrizaje e infraestructura relacionada, así como la carencia de un procedimiento claro para que nuevas aerolíneas o las ya establecidas obtengan más horarios de aterrizaje o despegue.

Con base en estos hallazgos, expuestos en el expediente IEBC-001-2015, el Pleno estableció una serie de medidas correctivas a ser adoptadas por el AICM (Anexo), con el objetivo de revertir estas ineficiencias y los efectos anticompetitivos que provocan.

Los lineamientos ordenados por la COFECE guardan plena congruencia con el marco normativo vigente al momento en que se dicta la resolución, por lo que el AICM está en plena posibilidad de cumplirlas.

Además de las medidas correctivas ordenadas al AICM, como parte de la resolución y con pleno respeto al campo de sus respectivas atribuciones, la COFECE emitió recomendaciones al Congreso de la Unión, al Poder Ejecutivo y a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para prevenir y sancionar debidamente el uso indebido de los horarios.

Finalmente, la COFECE consideró que de entrar en vigor los anteproyectos elaborados por la SCT denominados “Decreto por el que se reforma y adiciona el Reglamento de la Ley de Aeropuertos” y las “Bases Generales para la Asignación de Horarios de Aterrizaje y Despegue en Aeropuertos en Condiciones de Saturación”, los cuales se presentaron ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer), no se atenderían los problemas de competencia identificados a lo largo de la resolución.