SCJN suspende decreto que protege obras de la 4T

La medida derivó tras admitir a trámite la controversia constitucional interpuesta por el Inai; la suspensión es sólo cautelar y estará vigente hasta que se resuelva si el acuerdo es o no constitucional

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Ciudad de México.- Un duro revés sufrió este martes el acuerdo presidencial mediante el cual clasifica como de interés público y seguridad nacional los proyectos y obras prioritarios y estratégicos del gobierno de la 4T como son el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, el Tren Maya o el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec y la Refinería de Dos Bocas, entre otros, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió parcialmente la aplicación de este decreto.

“La medida suspensional concedida surtirá efectos de inmediato y sin necesidad de otorgar garantía alguna sin perjuicio de que pueda modificarse o revocarse derivado de algún hecho superviviente”, destaca el documento.

El acuerdo publicado por la SCJN, que derivó tras admitir a trámite la controversia constitucional interpuesta por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), destaca que la suspensión sólo evitará que se clasifique como reservada, por razones de seguridad nacional, la información pública sobre dichos proyectos, según se señala en el acuerdo respectivo: “Es procedente la suspensión para que se suspendan todos los efectos y las consecuencias del acuerdo impugnado que deriven en catalogar la información detallada en éste como de interés público y/o seguridad nacional, sin cumplir con los supuestos que las leyes respectivas prevén para ese efecto.”

La suspensión es sólo una medida cautelar y estará vigente hasta que la máxima corte del país resuelva si el acuerdo presidencial es o no constitucional.

De acuerdo con lo emitido por la SCJN, el gobierno federal para mantener en reserva alguna información sobre sus proyectos prioritarios, a quienes se requieran dichos datos tendrán que argumentar legalmente las razones de seguridad nacional que sustenten su decisión.

Asimismo, se niega la suspensión en lo que hace a sí considerar la como de seguridad nacional dichos proyectos para efectos de que todas las dependencias de la administración pública federal otorguen los dictámenes, permisos y licencias necesarias para su realización.