Ciudad de México.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) tiene registradas tres mil 347 agrupaciones sindicales en el ámbito federal, las cuales concentran a más de un millón 904 mil trabajadores.
Julio César Vanegas Guzmán, director general de Registro de Asociaciones de la dependencia detalló que del total, 47 son confederaciones o centrales obreras, 532 federaciones y dos mil 768 organizaciones sindicales.
El funcionario refirió que mil 245 agrupaciones, 37 por ciento del total, son sindicatos independientes.
Señaló, además, que en lo que va de este año, la STPS ha emitido otorgamiento de registro de 125 agrupaciones sindicales y ha entregado mil 718 constancias, ya sea por actualización de Comité Directivo (736), Padrón de integrantes (839) o Reformas a Estatutos (143).
Dijo que la mayoría de los gremios se encuentra en la Ciudad de México, con mil 86 (32.4 por ciento), le sigue el Estado de México, con 305 (9.1 por ciento), Veracruz 183 (5.4 por ciento), Puebla 179 (5.3 por ciento), Jalisco 150 (4.5 por ciento) y Nuevo León 106 (3.2 por ciento).
Del total de sindicatos registrados, 775 están aglutinados en la Confederación de Trabajadores de México (CTM); 412, en la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC); y 352 en la Confederación Regional Obrera Mexicana (CROM), comentó.
Vanegas Guzmán explicó que la entrega de constancia o Toma de Nota a una dirigencia sindical acredita la personalidad jurídica de las organizaciones sindicales, pero son solamente actos declarativos, no constitutivos, ya que no generan derechos por haberse hecho patentes éstos con la elección, según los estatutos y la legislación laboral.
“Lo que hace el gobierno federal es reconocer a los sindicatos y establecer un documento que les pueda dotar de personalidad jurídica para llevar a cabo sus trámites, como la firma del contrato, la apertura de una cuenta bancaria o la nominación que hace el sindicato junto con otros gremios en una federación; es como un acta de nacimiento”, manifestó.
El registro de sindicatos, subrayó, se realiza en la Secretaría del Trabajo en los casos de competencia federal y en las Juntas de Conciliación y Arbitraje en los del ámbito local.
Recordó que el Artículo 123 Constitucional, fracción XVI, establece que tanto los obreros como los empresarios tienen derecho para coaligarse en defensa de sus respectivos intereses, formando sindicatos y asociaciones profesionales.
Para ello, concluyó, tanto el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) como la Ley Federal del Trabajo determinan el derecho de los sindicatos a redactar sus estatutos y reglamentos, elegir libremente a sus representantes, organizar su administración y sus actividades, así como a formular su programa de acción.