Declaratoria de Emergencia en la CDMX

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La cual prevé, entre otras cosas, lo siguiente:

1. Se declara la Emergencia en las dieciséis delegaciones de la CDMX, con el fin de que el Coordinador del Sistema de Protección Civil de la Ciudad de México, inicie el procedimiento especial de atención de emergencias a que se refiere el artículo 128 de la Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal.

2. Se suspenden todos los términos y procedimientos administrativos a cargo de las Dependencias, Entidades, Órganos Desconcentrados y Delegaciones.

3. Todos los servidores públicos adscritos a las APCDMX, deberán sumarse a las labores de atención a la emergencia que determine el Comité de Emergencias de Protección Civil.

4. Todos los centros de enseñanza deberán suspender labores docentes hasta que estén debidamente evaluados los planteles y dictaminada la seguridad estructural y de protección civil de los mismos.

5. Se suspenden todos los eventos, concentraciones y espectáculos masivos en espacios públicos en la CDMX.

6. Los efectos de la presente Declaratoria estarán vigentes desde la fecha de su emisión y, hasta en tanto se publique su término en la GOCDMX.