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Prisión preventiva oficiosa, los dos rostros

Norberto Vázquez

En México todo es división: izquierda o derecha, fifis o chairos, azules o guindas, ricos o pobres, trabajadores o flojos. La polarización, parece ser, el signo de vida de los tiempos modernos. O eres frío o caliente, reza la declaración bíblica. Pues le cuento, la ruta para el debate que se avecina sobre la implementación de la prisión preventiva oficiosa, tiene la misma empatía social: una división que tendrá en el ring jurídico a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y al Gobierno de la 4T.

El debate es sencillo, pero en el leguaje legal que implementa la Corte, y en el lenguaje político del gobierno de López Obrador esto será una maraña de alegatos.

Unos, alegan que eliminar la prisión preventiva es abrirle la puerta a la libertad a decenas de criminales de alta peligrosidad, los otros, que es encarcelar injustamente a otras decenas de reos sin que hayan recibido sentencia tal vez de libertad, es decir, que estuvieron presos injustamente.

Un tema difícil, cuando los dos tienen la razón.

Y es que el tema llegó desde la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en Brasilia. Si, el máximo tribunal del país y el gobierno de México, están sobre el tema porque desde Brasil les vienen a enmendar la plana. Se trata del caso de Daniel García y Reyes Alpízar quienes pasaron más de 17 años en prisión preventiva oficiosa, el tiempo más largo que alguien en México ha estado en la cárcel sin sentencia, acusados del homicidio de la regidora panista María de los Ángeles Tamés en 2001.

El asunto se torna realmente complicado si vemos las cifras. El Programa de Sistema Penitenciario y Reinserción Social de la organización Documenta, revela como dos factores que pueden explicar el aumento de la población privada de la libertad son el uso desmedido de la prisión preventiva y la ampliación del catálogo de delitos.

De acuerdo con la información estadística penitenciaria, en México, el 41% de las personas privadas de la libertad está en espera de una sentencia

Es excesiva porque hasta el 2020, se tenía a 95 mil 407 personas presuntamente inocentes, confinadas en cárceles mexicanas, esto es, de los casi 230 mil reos en todo el país. Y ese 41%, eran personas a las que no se les había dictado una sentencia condenatoria y que, al menos en teoría, debería considerárseles inocentes.

El hecho de que se tenga al 41% de los procesados en prisión preventiva, quiere decir que en México, la prisión preventiva no es una medida extraordinaria ni excepcional, sino una medida cautelar de uso frecuente, y más bien de uso excesivo.

Además, la prisión preventiva representa un costo social gigantesco tanto para los procesados y sus familias, como para la sociedad en su conjunto. Para pronto, nos gastamos mucho en personas que no hacen nada.

En efecto, hay un costo social enorme derivado de las aportaciones económicas que la sociedad y las familias dejan de percibir por las 95 mil personas recluidas en la cárcel sin una condena. Pero el costo público, que paga la sociedad con sus impuestos, es mucho peor.

Se ha estimado que el costo diario de alimentar y vestir a una persona encarcelada en México es de 140 pesos diarios, esto representa al día 13 mil 300 millones de pesos y al año, 4 millones 854 mil 500 pesos. Y solamente por alimento y vestido. Se trata, sin duda alguna, de cifras estratosféricas aún para el Estado y de recursos muy cuantiosos que serían mucho más útiles en otras áreas prioritarias de la seguridad y la justicia, como la prevención y el combate al crimen organizado.

Pero por si esto no fuera suficiente, hay que decir además que la prisión preventiva es también una medida cautelar que se utiliza de manera irracional.

Las condiciones en las que se sufre la prisión preventiva en México son claramente inhumanas. Las cárceles mexicanas en promedio están al 134% de su capacidad y en casos extremos, exceden el 270% de ocupación. Esto provoca hacinamiento, autogobierno, violencia e insalubridad.

Aquí vienen las preguntas. ¿Es racional que tengamos a tantos presos sin condena en las cárceles? ¿Para qué queremos a tantas personas en la cárcel, si no tenemos capacidad para tenerlas recluidas adecuadamente?

Además, consumen un exceso de recursos que podrían ser mejor aprovechados.

Pero está el otro lado de la moneda: muchos de los delincuentes que hoy en día pisan las cárceles son de alta peligrosidad, capaces de evadir la justicia y de sobornar a jueces si están en libertad, en pocas palabras, siguen operando en el crimen organizado.

El problema lo tenemos encima: violadores, asesinos, secuestradores, narcotraficantes, feminicidas, estafadores, cobradores de piso, líderes de plazas, distribuidores de drogas a gran escala y esos de barrio. Huachicoleros, ladrones de ganado, asaltantes de carreteras, de casas, de peatones, de autotransporte. En fin, pillos por todos lados.

El próximo 5 de septiembre, la Corte resolverá si la prisión preventiva oficiosa es anticonstitucional, es decir, si se ordena la inaplicación del artículo 19 de la Constitución que establece esta figura jurídica para delitos graves.

El asunto se torna complicado. Creo que los dos tienen la razón y en esta ocasión, no se trata de dividir —a lo que este gobierno le apuesta. Se trata de hallar un punto de equilibrio. No saturar las cárceles, pero tampoco dejar en libertad a miles de rufianes que azotan la tranquilidad del país.

Tampoco se trata de hacer las ponencias eternas de la SCJN que nadie entiende. Ni las ordenanzas a ultranza, que por el momento, ya comenzó la Presidencia de la República vía la Secretaría de Gobernación y su oficina jurídica. Hablemos en términos sensatos. Basta de confrontación y de grilla barata.

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