Partidos políticos deberán devolver recursos no ejercidos o comprobados

El TEPJF ordenó al INE crear los lineamientos que incluyan los procedimientos para el cálculo, determinación, plazos y formas en los que deberán devolverse los remanentes

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Ciudad de México.- El Tribunal Electoral federal resolvió que a partir del ejercicio 2018 los partidos políticos deberán devolver al erario los remanentes del financiamiento público entregado para actividades ordinarias y específicas que no hayan sido comprobados.

Así lo determinó, por unanimidad, el Pleno de la Sala Superior al confirmar el dictamen consolidado y la resolución del Instituto Nacional Electoral (INE) respecto a las irregularidades encontradas en la revisión del Informe Anual de Morena correspondiente a 2016.

Morena planteó que, al emitir las resoluciones derivadas de las irregularidades detectadas en la revisión de los informes anuales de los partidos nacionales y locales de 2016, el INE omitió requerir a todos los partidos el reintegro del remanente no ejercido del financiamiento público para gasto ordinario y actividades específicas.

En el SUP-RAP-758/2017, el TEPJF determinó que de la interpretación armónica del marco legal correspondiente se concluye que los partidos políticos son sujetos obligados por las normas presupuestales y hacendarias.

Asimismo, que el Constituyente les asignó la calidad de entidades de interés público. Por ello, los recursos derivados del financiamiento público de los partidos se rigen por los principios que regulan el gasto público, como los de economía, austeridad, racionalidad y anualidad del presupuesto.

De esta manera el Pleno ratificó los criterios desarrollados en las sentencias emitidas en los expedientes SUP-RAP-647/2015 y SUP-RAP-452/2016.

Así la Sala Superior consideró que los partidos, en tanto ejecutores de gasto, se encuentran obligados a realizar los reintegros de los remanentes, ya que no están contemplados entre las excepciones que el Congreso de la Unión señaló en las leyes hacendarias y presupuestales.

Subrayó que no hacerlo así implicaría permitir que los partidos ejerzan recursos para fines distintos a los constitucionalmente previstos, lo cual los alejaría de la transparencia presupuestaria con la que deben conducirse quienes reciben recursos públicos.

El TEPJF ordenó al INE crear los lineamientos que incluyan los procedimientos para el cálculo, determinación, plazos y formas en los que deberán devolverse los remanentes de financiamiento público ordinario permanente.

Asimismo el de actividades específicas no devengados o no comprobados, para que sean reintegrados al erario.