Ciudad de México.- Tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deben ser más claros en torno a los criterios del tope salarial para las pensiones, debido a que ésto sólo afectará a 700 mil cuentas y no a toda la generalidad de la llamada generación en transición.
El presidente ejecutivo de la Asociación Mexicana de Administradoras de Fondos para el Retiro (Amafore), Bernando González Rosas, aseguró que la determinación de la SCJN no afecta para nada a todos aquellos que empezaron a trabajar en julio de 1997, con base en la nueva ley.
Precisó que lo que determinó la SCJN fue un criterio para los trabajadores que están en la Ley 73. “Valdría la pena no generar pánico en que todas las pensiones se recortan por esta determinación, sería muy bueno tener mayores aclaraciones”.
Indicó que de acuerdo con las cifras de la Amafore, el número de cuentas que estarían dentro de este supuesto del fallo de la SCJN es de aproximadamente 700 mil trabajadores.
Lo que hace falta es conocer bien el contexto, ya que hace falta una mayor explicación por parte de la Suprema Corte, así como lo dicho por el director general del IMSS, Zoé Robledo, requiere de mayor análisis.
“Lo que el director general del IMSS comentó es que ellos mantendrían los 25 salarios mínimos, que es más bien cuando existe un juicio de por medio, y que la Corte adoptará el criterio que dieron a conocer”.
“Lo que hace falta entender es de cuántos trabajadores estamos hablando, de las implicaciones que tiene y sobre todo el costo fiscal de una determinación así”, concluyó el directivo.
En la conferencia mañanera, el titular del IMSS, Zoé Robledo, indicó que se mantendrá el tope de 25 salarios mínimos para la pensión de los trabajadores de la llamada “generación de transición”, por lo que negó una supuesta “rasurada” a los montos del sistema de pensiones.
“Vamos a seguir calculando las pensiones de las personas que están en este modelo de transición entre la ley del 1973 y la ley de 1997 en 25 salarios mínimos como se ha hecho durante los últimos años. Nadie corre riesgo, el monto de su pensión, no se ‘rasura’ nada, como encabezó ayer un medio, no hay disminución”, indicó Robledo Aburto.
La SCJN aclaró por su parte que la jurisprudencia de la Segunda Sala es una reiteración de un criterio establecido desde 2010 y “no se trata de un criterio novedoso”.
En medio de la controversia generada por el supuesto recorte de 25 a 10 salarios mínimos para la pensión de la llamada “generación de transición”, el máximo tribunal del país aclaró que su resolución de ninguna manera modifica las políticas públicas que decida tomar e implementar el IMSS en materia de pensiones por jubilación.