Prometeo

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Reconversión y Mediación en los Negocios

Mario Sandoval

Rediseñar, transformar, reconvertir los modelos de negocios. El efecto de la pandemia ya dejó claro que los modelos de negocios deben adecuarse de manera efectiva y oportuna. ¿Solo aplica a los grandes negocios?, la respuesta es NO… implica a todos, desde el micro negocio hasta la gran corporación.

Desde luego que contar con apoyos externos es lo ideal y si no los hay… que sigue…ajustarse a la realidad. Hemos constatado que hay empresarios que tienen muy buenos resultados en algunas de sus empresas en sectores específicos (Minería/Ferroviarios), pero que no están dispuestos a apoyar con sus flujos de liquidez a otros de sus negocios por su crisis actual (Cines y entretenimiento). Algunos buscaran reestructuras con sus acreedores, nuevas condiciones, los inmuebles comerciales y de oficinas están en una difícil etapa y su recuperación es incierta debido a los modelos de trabajo en casa que han reflejado que la gerencia media y alta gerencia, puede estar a distancia, que algunas funciones se pueden sistematizar y que el costo en personal puede reducirse a funciones más sustantivas del negocio.

Algunas de las grandes empresas que operan en el país y que sus resultados no son favorables (aerolíneas, cadenas de fastfood, entretenimiento, entre otros). Existen medidas legales de solución en USA y México, por lo que han optado cuando califican legalmente para ello, aplicando el capítulo 11 de la Ley de Quiebras de los USA, en la citada Ley el capítulo 7 es la que regula la introducción de la quiebra por liquidación de las empresas, así mismo el capítulo 13 es el que regula en USA la Bancarrota para las personas, tema que no se contempla en la legislación de nuestro país. Para los que hemos tenido residencia en la frontera en específico en Baja (Tijuana/ Mexicali), es común ver los anuncios de abogados en California o Arizona ofreciendo servicios de asesoría en bancarrota para empresas y personas.

En el año 2020, grandes empresas aplicaron la Ley de Quiebras en USA como JC Penney, Neiman Marcus, Avianca, Aeroméxico, esta última puede hacerlo por tener activos en los USA. Ello les permitirá una reestructura financiera de sus obligaciones, que tenga menor impacto en su liquidez. En el periodo de la declaratoria, se logra un proceso de espera en sus pagos a acreedores y tampoco se admiten demandas futuras de diversos acreedores. Esto es que ninguna autoridad judicial puede tocar los activos de la empresa en tanto llega a su plan de arreglo.

En México opera la Ley de Concursos Mercantiles, la cual solo aplica a empresas, no a personas, está vigente desde el año 2000, la cual sustituyó a la Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos de 1943, que evolucionaba la Ley de Bancarrota de 1853; sin embargo no han resultado efectivas, solo son accesibles a grandes empresas, son muy costosas y lentas en sus diversas etapas, nada que ver con el modelo de Quiebras en los USA, en que los plazos y la rehabilitación de empresas y personas son una realidad y con seguimiento y escrutinio público. Una vez más en nuestro país, la burocracia, los costos abusivos de síndicos y administradores nada que ver con eficiencia y transparencia en resultados, por lo que son asuntos que pueden superar los 10 años en concurso mercantil, lo que genera que no sea una figura con los resultados esperados. Para mayor claridad y detalle anexo aquí, las ligas que detallan la Ley de Concursos Mercantiles y el IFECOM (Instituto Federal de Especialistas en Concursos Mercantiles):

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/29_220120.pdf
https://www.ifecom.cjf.gob.mx/index.htm#QuienesSomos

Considero que la deficiente comunicación al público en general y la lentísima gestión judicial que hay en México, ha impedido procedimientos más eficientes y preservar empleos y oportunidades, los juzgados Civiles y Mercantiles no están a la altura de las circunstancias, los tiempos procesales son largos y con diversos esquemas que retrasan la ejecución de los asuntos.

La mediación cuando hay buena disposición camina, pero no se logra por el abuso a la interpretación y al uso de recursos dilatorios. La reciente propuesta de reforma busca dar continuidad y avanzar pero hay intereses al interior del Poder judicial que limitan la mejora, además de la politización ruidosa y mal manejo de la comunicación, es decir no hagas cosas buenas que parezcan malas. Hay que manejar el oficio político y comunicar de manera clara que se propone en la ejecución de la reforma judicial, lo importantes es reducir tiempos procesales, usar tecnología, actualizar leyes y códigos que permitan certeza al estado de derecho.

Un factor adicional en el entorno de negocios, es el factor SAT, que si bien es de celebrar su gestión que ha recuperado recursos importantes que empresas AAA no habían realizado en su momento como era su responsabilidad, pero también es un hecho la actitud de empoderamiento incisivo que sus ejecutores presentan y de manera abusiva buscan realizar en sus vistas, requerimientos y ejecuciones en empresas y personas. Ello refleja una estructura que aún no ha logrado mejorar la gestión recaudatoria, no deben ser verdugos insensibles con la ley en la mano, pues podemos tener la ley, pero no es la Ley de Herodes (Código Fiscal/ Reglamento Fiscal), hay herramientas de contacto con el contribuyente como el buzón tributario que ni el propio personal del SAT lleva en control coordinado. Si el contribuyente cuenta con recursos podrá tener asesoría de abogados fiscalistas o en su caso recurrir a la Procuraduría Federal del Contribuyente (Prodecon). De hecho debe hacerse más difusión de los apoyos y asesoría que otorga la Prodecon a los contribuyentes, lo cual puede ser en línea en cualquier entidad del país. Anexo las ligas de consulta a Prodecon y de igual forma el TFJA (Tribunal Federal de Justicia Administrativa), la interacción en línea y el tener iniciativa, permite a los contribuyentes a tener asesoría en línea en aquellos temas que les generan incertidumbre sobre su situación física tanto para personas fiscas, como personas morales:

https://www.prodecon.gob.mx/index.php/home/p/asesoria-y-consulta
https://www.tfja.gob.mx/

Así que la Reforma Judicial debe considerar cómo cambiar la imagen y percepción que los ciudadanos y las empresas tiene de la impartición de justicia, a efecto de que los recursos legales, no sean recursos eternos o bien que las acciones por entidades como el SAT, tengan en estrés permanente al contribuyente.

Existe también, la Ley Federal de Mecanismos de Solución de Controversias que modificó el Código de Procedimientos civiles y el Código de Comercio. Así mismo la creación del Instituto Federal de Mecanismos de Solución de Controversias. Y diversos estados ya cuentan con sus Centros Alternativos de Justicia o Mediación, sin embrago y a pesar de que artículo 17 Constitucional ya precisa y ordena la creación de los mismos, aun es fecha que no están establecidos de manera homogénea, nuevamente el poder judicial podrá argumentar temas presupuestales, pero es un asunto que es fundamental para las personas y las empresas.
Desde luego que los litigantes tampoco se han actualizado en las materias de mediación, lo que provoca que sea lento la implementación en los estados y el reporte de resultados, las entidades como la CDMX, Edo. Mex., Nuevo León, Jalisco, Veracruz, Puebla, Guanajuato, Baja California, Quintana Roo, Coahuila y Sinaloa (son el 80% del PIB y el 50% de la población total del país). Por sus características actuales económicas, son el top ten, para que la Justicia Alternativa y la Mediación sean una alternativa previa a la entrada de Concursos Mercantiles o demandas judiciales de carácter especial hipotecario, mercantil o civil o incluso contencioso administrativo en recursos de impugnación al SAT, IMSS o Infonavit. El Instituto Federal de Soluciones de Controversia debería estar operando e informado al público en general para que se consideren opciones reales de solución legal. De tal forma que los patrimonios familiares, negocios, tengan opciones de mediación previas a procedimientos judiciales. Anexo la liga del artículo 17 constitucional y lo que establece como mandato de ley:

https://mexico.justia.com/federales/constitucion-politica-de-los-estados-unidos-mexicanos/titulo-primero/capitulo-i/#articulo-17

De igual manera reforzar el procedimiento de Mediación, que es un procedimiento voluntario mediante el cual personas o empresas con el apoyo de un mediador certificado pueden negociar para encontrar soluciones en materia civil o mercantil, aunque, el esquema de mediación, también, considera materias familiar y penal. Así que por ejemplo la Mediación puede llegar a acuerdos entre las partes desde deudas de Tarjeta de Crédito, Hipotecas, Pymes o Créditos Corporativos. El Mediador Certificado cumplirá con funciones de neutralidad entre las partes, pero facilitar las soluciones mediante convenios de arreglo con valor judicial. En tanto el público desconozca estos medios de solución, el miedo, el enojo, el abuso de litigantes que asesoran equivocadamente a sus clientes, fomentando el no pago, no ayuda, por ello es fundamental la comunicación adecuada y clara para el público en general. Los Abogados y Banqueros, tenemos la obligación de actualizarnos y formar los cuadros profesionales que deben atender a personas y empresas.

La Mediación es una opción para resolver el colapso operativo de los Juzgados del fuero común y los federales. La pandemia y sus efectos colaterales, genero una paralización de la actuaciones judiciales y de los plazos procesales, lo cual genera confusión en los mismos Jueces y Secretarios de Acuerdo en Juzgados, ya de por si previo a la pandemia, reportaban graves rezagos, por lo que debe generarse un proceso de agilización de los asuntos judiciales.

Las vías extrajudiciales cuando hay voluntad entre las partes, permitirá negociación y evitar el colapso que los propios tribunales se resisten a aceptar. Cuando leo a politólogos que no tienen la experiencia práctica y dan opiniones en medios, solo contribuyen a politizar la agenda y no a buscar soluciones, la Mediación ahora es oportuna para las entidades financieras, que están valorando el comportamiento de sus portafolios.

En mi caso profesional, tenemos que valorar los temas con enfoque financiero y de litigio en materia civil y mercantil, la experiencia práctica, nos da argumentos para exponer los puntos y darle nivel a un debate serio y objetivo. Es evidente que la Reforma Judicial y los esfuerzos previos son temas que llevan décadas sin cubrir las expectativas, por efectos de conflictos de intereses y lamentablemente de corrupción. Así que todo lo que se busque por cambiar un modelo lento, injusto y costoso que no ha permitido que las personas y las empresas tengan opciones para reconvertir su generación de ingresos personales o el negocio.

La reactivación económica para las MIPYMES es fundamental para la economía mexicana, que el financiamiento de la banca privada y la banca de desarrollo no sea superior al 36% del PIB, contrastando con el 80% de países como Brasil o Chile, o mayores al 100% en países desarrollados, de nada sirve señalar los índices de capitalización en México como satisfactorios, sin la debida referencia de comparación, no genera valor agregado en la comparación, tenemos un modelo que no crece al sector productivo y que además está excesivamente concentrado en grandes empresas, no en las MIPYMES, de igual manera el negocio financiero concentrado en 5 entidades financieras, cuatro de ellas extranjeras y un solo mexicano, la vocación regional de las entidades financieras que hubo de los 60s a los 80s, se diluyó con las crisis de los 90s.

Las SOFOMES, las Uniones de Crédito y las Sofipos, son alternativas de generar diversificación, la Banca de Desarrollo debe impulsar estas figuras, la SHCP, dar más apoyo a las entidades financieras que apoyan el sector productivo, en su momento fueron impulsores de ellas, deben apoyarlas, no todo son modelos exitosos espontáneos, el financiamiento productivo, es mas que ser FINTECH o nuevos Unicornios, o poner caritas felices de promoción por créditos de nómina o personales o hipotecas, las MIPYMES, son la generación de empleo y riqueza.

Esto impide reconvertir a la empresa mexicana. Los medios legales, solo han beneficiado a las grandes empresas con la dilación de los asuntos y perjudicado el acceso al crédito productivo. La reconversión requiere apoyos en el tema financiero, legal y fiscal. Y no referido como subsidios sino accesos justos y oportunos. En mi opinión, creo que el empresario pequeño y mediano, no está representado por los organismos tradicionales, que se han agrupado para defender sus grandes intereses, pero no el de las MIPYMES de todo el país. La reconversión no es solo digital, es integral y debemos ser parte de la solución todos.

CEO FISAN SOFOM ENR
Ex Presidente Nacional AMFE
[email protected]
@MarioSanFisan