SCJN da marcha atrás a intento de viraje en política eléctrica

Desde junio del año pasado, la Suprema Corte ya había suspendido la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el SEN

253

Ciudad de México.- La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la inconstitucionalidad de una parte del acuerdo de la Secretaría de Energía por el que se emite la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional, al determinar que obstruye la competencia en el mercado y beneficia únicamente a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

“Impide el cumplimiento de las finalidades constitucionales que se encomiendan a la actora (Cofece), en torno a los presupuestos que deben existir para que exista competencia económica y libre concurrencia en el mercado de generación y suministro de energía eléctrica, atendiendo a la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2013 en materia energética”, mencionó el proyecto elaborado por el ministro Luis María Aguilar Morales.

Cabe destacar que, desde junio del año pasado, la Suprema Corte ya había suspendido la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el SEN, emitida por la Secretaría de Energía (Sener) el 15 de mayo de 2020.

La Sener había argumentado que ese acuerdo le permitiría garantizar la seguridad del sistema eléctrico por la pandemia de Covid-19. También le permitía al gobierno dar prioridad a las plantas de CFE (must run) y limitar a las renovables, que son en su gran mayoría privadas.

En sesión a través de vidoconferencia, los integrantes de la Segunda Sala de la SCJN declararon procedente y parcialmente fundada la controversia constitucional promovida por la Comisión Federal de Competencia Económica, por lo que se invalidaron 22 disposiciones del Acuerdo de la Política Energética.

Votaron en favor del proyecto los ministros Javier Laynez Potisek; Luis María Aguilar Morales; José Fernando Franco González-Salas y Alberto Pérez Dayán. La ministra presidenta de la Segunda Sala, Yasmín Esquivel Mossa, quien fue propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador y avalada por el Senado, votó en contra y anunció voto particular.

Cabe destacar que la secretaria de Energía, Rocío Nahle, ha defendido la meta de confiabilidad de las redes eléctricas por encima de la sustentabilidad en la generación, lo que dijo no impediría que México alcanzara el 35% de generación limpia para el 2024, como se comprometió en los acuerdos de Paris para mitigar el cambio climático.

El 22 de junio, esa Comisión interpuso una controversia constitucional ante la Corte, por considerar que dicha política violenta los principios fundamentales de competencia y libre concurrencia ordenados en la Constitución federal, de modo que afecta su mandato constitucional e invade su esfera competencial.

“El instrumento publicado afecta de manera grave la estructura económica del sector de electricidad, ya que elimina la posibilidad de que este opere en condiciones de competencia y eficiencia, así como en los términos dispuestos en el conjunto del marco normativo vigente del país para este sector».

“Ello porque la política impugnada compromete tanto el acceso abierto y no discriminatorio a las redes de transmisión y distribución (insumo indispensable en esta industria), como el criterio de despacho económico que rige la operación del mercado eléctrico mayorista; asimismo, otorga ventajas en favor de ciertos participantes y disminuye la capacidad de competir de otros, sacrifica la eficiencia y establece barreras a la entrada en la generación eléctrica”, estimó la Cofece.

La Consejería Jurídica de la Presidencia de la República interpuso el 30 de julio ante la Suprema Corte el recurso de reclamación 53/2020-CA en contra de la suspensión que concedió el 25 de junio el ministro Luis María Aguilar Morales a la Comisión Federal de Competencia Económica.

En su momento, la Cámara de Comercio Estados Unidos-México (American Chamber/Mexico), planteó: “pedimos al Gobierno de México rectificar la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional, que vulnera el Estado de Derecho, legalidad, libre comercio, libre competencia y responsabilidad social”.