Se debe agilizar la operación de aduanas: SHCP

En la comunidad internacional existen casos de economías con altos índices de desempeño logístico que siguen este modelo de regímenes aduaneros

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Ciudad de México.– La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) propone en un anteproyecto de la nueva Ley Aduanera reducir de seis a cuatro los regímenes aduaneros, un cambio con el que confía en mejorar la posición de México en el Índice de Desempeño Logístico del Banco Mundial.

Desde la vigencia de la Ley Aduanera actual en 1995, según la SHCP, se ha mantenido un esquema diseñado para priorizar y operar con base en compartimentos normativos o regímenes aduaneros, en los cuales se deben encajonar las mercancías, que proviene desde la ley de 1982, en plena política de protección comercial o sustitución de importaciones.
“Este esquema es, en gran parte, responsable de que México no logre avanzar del rango de los lugares 50 en los índices de facilitación del comercio elaborados por el Banco Mundial”, indica en el anteproyecto de ley.

Por ello, la SHCP propone reducir los regímenes aduaneros a cuatro: importaciones, exportaciones, tránsito de mercancías y zona económica especial, así como enfatizar más en la ingeniería de procesos y menos en los cajones normativos.

En la comunidad internacional existen casos de economías con altos índices de desempeño logístico que siguen este modelo de regímenes aduaneros.

Dentro de tal contexto, la SHCP propone que el régimen de depósito fiscal pase al de importación temporal y que el recinto fiscalizado estratégico pase al título de Zonas Especiales, a fin de fortalecerlo, facilitando sus requisitos y operación.

Actualmente, México mantiene seis tipos de regímenes aduaneros: importación definitiva; importación temporal; depósito fiscal; tránsito de mercancías interno o internacional; elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado; y recinto fiscalizado estratégico.

En el anteproyecto de ley, el régimen vigente de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado desaparece, en razón de su desuso; pero en los artículos transitorios se permite que las empresas autorizadas para este régimen terminen el plazo de sus autorizaciones o migren a los otros regímenes o al recinto fiscalizado estratégico.