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Cuentos de terror para el sector financiero y para los demás también

Mario Sandoval

Sin duda que hay eventos a resolver en el poder legislativo que nos ponen inquietos, pues en este período su decisión tendrá efectos directos sobre empresas y personas. El pasado 8 de septiembre de este año, el Ejecutivo Federal presentó ante la Cámara de Diputados el paquete económico para el ejercicio fiscal del año 2022, el cual contempla diversas disposiciones que tendrá efectos en todos los contribuyentes de una u otra forma.

En este período tiene la revisión y discusión en la Cámara de Diputados. Luego pasará a la de Senadores y en su caso después de revisarse, discutirse y modificarse, se deberá publicar por el Ejecutivo Federal para su aplicación en el año 2022.

Esta iniciativa de Reforma, no ha tenido el mismo efecto mediático que la Energética, por lo que es necesario valorar que su publicación una vez aprobada, tendrá diversos efectos en todos los contribuyentes. La Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación, las propuestas de reformas fiscales a las distintas leyes fiscales federales, tales como El Código Fiscal de la Federación (CFF), La Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y la Ley del Impuesto sobre Producción y Servicios (IEPS). El paquete definitivo deberá aprobarse a más tardar el 15 de noviembre.

La iniciativa presentada no contempla nuevos impuestos, pero si se prevén múltiples modificaciones en materia de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado, Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, Código Fiscal de la Federación, entre otros.

Por lo que todos los contribuyentes en mayor o menor escala tendremos efectos que vale la pena considerar de manera general. Para los diversos despachos contables, de auditoría y abogados, se ha generado una serie de reflexiones y análisis sobre estos cambios, que son relevantes en todos los sentidos, en el caso específico del sector financiero, este asunto ha generado en el tema de las instituciones de crédito una serie de reuniones con sus especialistas y dar claridad con retroalimentación a los legisladores y no se afecte el patrimonio con decisiones inadecuadas en materia de deducibilidad de créditos de difícil recuperación. Entre los cambios destaco algunos temas que a mí me parecen muy relevantes:

Ley de Ingresos de la Federación 
● No propone la creación de impuestos nuevos, ni el incremento en tasas de los impuestos vigentes, salvo ajustes por inflación.
● Contiene una serie de medidas orientadas a facilitar el cumplimiento del pago de los impuestos a través de la simplificación administrativa, además de cerrar espacios de evasión, defraudación y elusión fiscal.
● Se estiman ingresos presupuestarios 7.5 % mayores en términos reales respecto a los ingresos presupuestarios aprobados en 2021.
● El nivel de deuda respecto al PIB se encuentra estabilizado en 51 %.

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Tipo de Cambio para determinar ganancias o pérdidas cambiarias.
Se pretende establecer un parámetro para determinar las ganancias o pérdidas cambiarias, a través del tipo de cambio establecido por Banco de México.
Deducciones.
● Gestiones de cobro para créditos incobrables.
Se reforman los requisitos para la deducción de créditos incobrables. En el documento se señala que en adeudos por más de 30 mil UDIS como suerte principal que son alrededor de 200 mil pesos se deberá contar con resolución definitiva emitida por autoridad competente. Lo anterior ha generado dudas e inconformidad en el sector financiero, pues el Poder Judicial tanto del fuero común, como el federal, se caracterizan por su dilación procesal, sin consecuencias para ellos, por lo que son varios años para llegar a esa sentencia definitiva, aunado a que hay otros elementos que no consideran como son la caducidad y la prescripción procesal y eso genera incertidumbre con esta modificación, situación que ya se está cabildeando con los Diputados, pues no es nada bueno ese mensaje al sector financiero.

Pérdidas fiscales.
● Amortización de pérdidas fiscales en escisión de sociedades. Se propone establecer que, tratándose de escisión, las pérdidas fiscales deben dividirse únicamente entre las sociedades que se dediquen al mismo giro.
● Cambio de socios o accionistas en sociedades con pérdidas. Se pretende modificar, en caso de fusión, los supuestos en los que se considera que existe un cambio de socios o accionistas que poseen el control de la sociedad.

Aviso de enajenación de acciones efectuada entre residentes en el extranjero.
Se propone establecer la obligación de presentar un aviso informativo a cargo de la persona moral emisora, cuando la enajenación de las acciones se lleve entre socios y accionistas residentes en extranjero.

Régimen Simplificado de Confianza para Personas Físicas.
Se propone un cambio importante en la Sección IVA, dentro del Capítulo II del Título IV de la LISR en la que se prevea el Régimen Simplificado de Confianza, el cual se plantea entre en vigor el 1 de enero de 2022. Tema que ya abordamos en una columna anterior y que se detalló cómo se pretende incorporar una mayor base de contribuyentes personas físicas.

Régimen Simplificado de Confianza de Personas Morales.
Se propone un régimen de tributación que beneficie a las personas morales residentes en México, cuyos ingresos totales no excedan de $ 35 millones de pesos en el ejercicio.

Ley del Impuesto al Valor Agregado
Requisitos del acreditamiento del IVA.
Se propone establecer de forma expresa que uno de los requisitos para acreditar el IVA pagado en importación, es que el pedimento se encuentre a nombre del contribuyente y no a nombre de terceros.

Uso o goce temporal de bienes tangibles.
Se propone aclarar que el uso o goce temporal de bienes tangibles en territorio nacional, será sujeto al pago del IVA, con independencia de la entrega material de los mismos.

Código Fiscal de la Federación (CFF)
Homologación del derecho a la imagen con el tratamiento de las regalías.
Se propone considerar dentro del concepto de uso o concesión de uso de un derecho de autor sobre una obra literaria, artística o científica, al derecho a la imagen, con lo cual se le dará el tratamiento fiscal de regalías a los ingresos gravables obtenidos por la explotación del derecho de autor inherente a la propia imagen.

Firma electrónica Avanzada o Certificado de Sello Digital (CDS) de personas morales con accionistas en situación fiscal irregular.
Se prevén supuestos de negativa de firma electrónica avanzada o certificado de sello digital a las personas morales que soliciten el trámite, cuando tengan socios o accionistas con irregularidades no solventadas.

Datos adicionales al CFDI.
Se propone incluir el nombre, razón o denominación social y el código postal del contribuyente a favor de quien se emite el CFDI como requisitos, datos que hace unos años sí se incluían en la facturación.

Operaciones relevantes.
Se propone incluir en la información que los contribuyentes deberán presentar como base a su contabilidad, la relativa a las operaciones relevantes.

Dictamen obligatorio de Estados Financieros.
Se propone establecer que sea obligatorio dictaminar los estados financieros por contador público inscrito, tratándose de las personas morales que actualmente lo realizaban de manera opcional. El dictamen deberá presentarse el 15 de mayo del próximo ejercicio.

Sin duda todos los contribuyentes, contadores, auditores, fiscalistas, abogados, deberemos estar muy atentos, pues si bien no hubo aumento e impuestos, las modificaciones si impactan a todos en la intención de mejorar las finanzas públicas y por otro lado, exige a los contribuyentes una mayor carga administrativa, que si bien el uso de tecnología es un facilitador, no deja de ser un proceso que debemos entender y aplicar correctamente una vez que se aprobado y publicado en las Cámaras.

Entendemos que mejorar la recaudación y reducir la evasión es fundamental para México, como también lo es el uso correcto de los recursos y no seguir manteniendo en el gobierno federal, poder judicial, estados y municipios a un aparato burocrático inepto y soberbio, que no rinde cuentas en temas fundamentales del desarrollo regional.

El Sector Financiero especializado, tenemos una posición clave con estos cambios en la Reforma Fiscal. En México, después de 15 años el nombre SOFOM, ya es conocido por la mayoría de los inversionistas, Empresas y en una parte importante de la población económicamente activa.

Se encargan principalmente de realizar todas las actividades relacionadas con el otorgamiento de crédito. Deben contar con un registro vigente ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) y se rige por la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito (LGOAAC) y las disposiciones de carácter general son emitidas por la Condusef, esto dependiendo del tipo de SOFOM que sean. Pueden ser “Reguladas” o “No reguladas” y dependiendo su denominación social es que se debe escribir E.R. o E.N.R. Los beneficios que tiene una entidad financiera como la SOFOM, son múltiples, pero dentro de los principales podemos resaltar:

❖ Conocimiento y experiencia del sector en que participan.
❖ Toma de decisiones más rápida y eficiente por su especialización.
❖ La atención es personalizada y apoyada con tecnología.
❖ Estructuración de soluciones flexibles en apoyo financiero para empresas.
❖ Los intereses generados en transacciones de la cartera crediticia comercial como entidad financiera, no causan IVA (Impuesto al valor agregado).
❖ Las pérdidas por irrecuperabilidad de créditos son deducibles hasta ahora, pero con la Reforma propuesta esto puede afectar el portafolio.
❖ La cartera crediticia no se incluye para el cómputo del ISR(Impuesto Sobre la Renta).
❖ Los contratos en que se haga constar créditos, arrendamiento financiero y factoraje financiero, que otorguen las SOFOM E.N.R., que vayan acompañados de los estados de cuenta certificados por el contador de la entidad, tendrán el carácter de título ejecutivo y podrá ser cobrado por la vía ejecutiva mercantil.
❖ Las SOFOM pueden ceder los derechos de créditos con garantía hipotecaria a otro intermediario sin necesidad de notificar al deudor, ni de escritura pública, ni de inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

Por otra parte en el Sector Financiero especializado y que pasa desapercibido para otros sectores de la economía, tenemos nuestros cuentos e historietas de terror con CONDUSEF y CNBV, junto con el SAT que es su apoyo para ejecutar acciones de los dos primeros, sin duda que al Ejecutivo y el titular de la SHCP, los supervisores del sector financiero son unos paladines en la supervisión del sector financiero y creen que todo ahí marcha perfecto. Ya no menciono a la Banca de Desarrollo, pues sus objetivos desde hace más de 20 años son otros, como financiar a grandes corporaciones nacionales y extranjeras afines a gobiernos en turno, pero no a las MIPYMES, esas que las atiendan los intermediarios no bancarios como las SOFOMES, pero en vez de dar impulso a ello, se nos generan cargas operativas para atender a CONDUSEF Y CNBV.

Por citar un ejemplo en el caso de las SOFOMES ENR, son objeto de seguimiento en el caso de quejas de CONDUSEF que en su mayoría son inexistentes e inducidas por el contenido de su portal de quejas, por lo que se les da acceso y sin validar si efectivamente es o no cliente de una entidad financiera determinada (no hay reglamento o acuerdo entre autoridades y las entidades financieras que valide el procedimiento de manera clara y precisa) por lo tanto queda a criterio de la CONDUSEF, pero eso sí hay que dar respuesta inmediata o de lo contrario generan multas por cada queja que luego canalizan al SAT.

En el caso de CNBV genera supuestos Derechos de Cobro de supervisión sin contraprestación alguna, mismo que ya fue resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación como improcedente, aun así siguen haciendo cobros indebidos y para ello cuentan con el apoyo del SAT para ejecutar sus acciones.

Eso sí, ambas entidades salen a dar declaraciones o boletines de las multas que generan y ventanean a los que más quejas tienen o bien de que no hay avance en el tema de Oficiales de cumplimiento certificados en PLD (tema muy polémico por el bajo nivel de aprobación y la opacidad con la que se manejan los resultados de quienes han aplicado los exámenes).

Sin embargo en temas como la supervisión dilatada y liquidación a los ahorradores de FICREA, FAMSA, Coincidir, ACCENDO, se ve que no pasa nada más allá de los primeros días de los escándalos en los medios, después de ahí son sigilosos y muy prudentes, pues hay sospechas de conflictos de interés de exfuncionarios y de la discrecionalidad en la supervisión de indicadores de capital, carteras vencidas y liquidez que ya se observaban en los indicadores financieros con mucho tiempo atrás.

No se trata de justificar a las entidades financieras que operan de manera inadecuada, el que actúa mal afecta al mercado y debe ser bien supervisado y sancionado. Pero tener procesos internos adicionales que son para cubrir y justificar la burocracia de este tipo de entidades, solo afecta los costos de operación que se le van a aplicar al cliente final.

Tener una entidad financiera especializada, no es solo hablar de créditos por aquí o por allá y de que ya todos somos fintech. El crédito es un proceso más allá de la promoción, es negociación. Ser eficientes en su gestión y administración es fundamental, pero tener cargas adicionales sin soporte legal valido por parte de los supervisores no nos hace mejores intermediarios financieros.

La Reforma Fiscal debe apoyar a generar un mejor ingreso presupuestal, es seguro que cerremos en niveles del 6.5% del PIB para este año, aun así es necesario que México tenga un crecimiento sostenido anual del 4% en el PIB para los siguientes 3 años y con ello revertir el estancamiento histórico. La Reforma también debe comprometer un mejor uso de recursos públicos, que mejoren la eficiencia a nivel federal, estatal y municipal. Disminuir desigualdad social y regional con la correcta aplicación de recursos y no de clientelismo y corporativismos sindical, se debe asumir la responsabilidad en el uso de recursos públicos y su rendición de cuentas.

En México no solo las grandes corporaciones y sus intereses cuentan, el sector privado de micro, pequeños y medianos empresarios, somos el sector privado que mueve la economía en la formalidad al país.

CEO FISAN SOFOM ENR
Banquero a nivel Directivo con más de 30 años de experiencia de negocios.
Ex Presidente Nacional AMFE
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