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Controversia que viene, el caso Ley de Administración Pública

Norberto Vázquez

En asunto está siendo manejado por los poderes Ejecutivo y Legislativo como de bajo perfil, lo cierto es que esconde un ruidazo político, administrativo y económico donde más de uno ya pegó el grito por este asunto de trascendencia nacional.

En pocas palabras, el presidente Andrés Manuel López Obrador quiere dejar, al culminar su gestión, el sello de la casa.

El pasado 28 de marzo de 2023 se publicó en la Gaceta de la Cámara de Diputados, una iniciativa con proyecto de Decreto presentada por el Ejecutivo Federal por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia administrativa, Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Su presunto objetivo: fortalecer la rectoría del Estado y la capacidad de actuación de las dependencias del Gobierno Federal.

A grandes rasgos, se propone reformar 23 leyes que rigen las relaciones de los particulares que ofrecen bienes y servicios al Estado mexicano en materia de licencias, permisos, concesiones, contratación y licitaciones públicas nacionales e internacionales.

En esta propuesta legislativa, se señala que la finalidad es regular la reversión de actos de corrupción y prevenir o remediar actos contrarios al interés público o social mediante el fortalecimiento de las facultades de la Administración Pública Federal.

Al respecto las cúpulas empresariales, han dicho que la iniciativa de reforma pretende aumentar las facultades del Estado concediéndole amplia discrecionalidad en el otorgamiento o asignación de los mismos, y le dota de facultades para cancelarlos unilateralmente y establecer límites y eliminar del pago de daños y perjuicios e indemnizaciones que pudieran proceder en caso de existir cancelaciones.

Por ejemplo, sobre la asignación de contratos, se establece la posibilidad de que el Ejecutivo Federal pueda asignar o adjudicar directamente a entidades paraestatales la prestación de servicios públicos, así como el uso, aprovechamiento y explotación de bienes sujetos al régimen de dominio público, por causa de utilidad e interés públicos, interés general o seguridad nacional.

Si bien esta asignación se encuentra actualmente regulada, la nueva propuesta elimina el carácter excepcional de dicho supuesto y contempla la posibilidad de que estas adjudicaciones no tengan vigencia determinada.

En materia de licitaciones internacionales, se propone que el Estado pueda adquirir medicamentos y otros bienes en licitación pública internacional sin necesidad de agotar la licitación pública nacional cuando éste realice una investigación de mercado y determine que se pueden obtener mejores condiciones de precio cantidad y calidad.

Existe un capítulo sobre indemnización por terminación anticipada. Sobre los contratos a firmar, se señala que todos deberán contener una cláusula de terminación anticipada denominada “cláusula exorbitante”, que permite establecer un límite a los montos de las indemnizaciones que debiera pagar el Estado por incumplir un contrato, incluso cuando se condene a ello en juicio o mediante arbitraje (nacional o internacional).

Esto elimina la posibilidad de que se pague al contratista resarcimiento de daños o perjuicios cuando la terminación anticipada o se considere que se haya recuperado la inversión realizada.

También se podrán realizar obras sin permisos y procedimientos de expropiación. El Decreto señala que el Estado podrá autorizar el inicio de obras aun cuando no cuente con permisos para ello, justificando la notoria urgencia, o por considerar que deben tener prioridad el ejercicio de derechos sociales y el desarrollo económico del país o por defensa de la soberanía y seguridad nacional.

Además elimina la obligación de seguir los procedimientos para la adquisición y recuperación por parte del Estado de bienes, modificando para ello la Ley General de Bienes Nacionales y la Ley de Expropiación. En el caso de ésta última, destaca la eliminación de la obligatoriedad de la aplicación de los tratados internacionales firmados por México y los acuerdos arbitrales que se celebren conforme a ellos.

Sobre los organismos autónomos, estos regresarían a fusionarse con las secretarias de Estado respectivas.

La lista es larga sobre las modificaciones que se proponen, y a esta propuesta parlamentaria ya sonaron las voces de oposición como la Chamber of Commerce México, el Consejo Coordinador Empresarial (CCE), la Barra Mexicana de Abogados, y la Confederación de Cámaras Industriales (Concamin).

Esta última advirtió, que la propuesta de reforma de Andrés Manuel López Obrador para modificar 23 leyes en materia administrativa vulnera el Estado de Derecho, genera incertidumbre jurídica, violenta el orden jurídico nacional y atenta en contra de las empresas, quienes participan en la construcción de obras con el Gobierno Federal.

La Barra Mexicana de Abogados, ha escrito el respecto. “Consideramos que de aprobarse sin cambio alguno, este Decreto, además de desincentivar la inversión y la competitividad, puede generar diversas afectaciones a los particulares. Concretamente por la eliminación del orden jerárquico de los tratados internacionales que México se ha comprometido a respetar en materia comercial; y, en general, por establecer una alta discrecionalidad en la interpretación de conceptos como ‘utilidad pública’, ‘urgencia’, ‘interés público’, ‘seguridad nacional’, ‘hecho superviniente’, ‘perjuicio o lesión al interés general o social’”.

El asunto, por lo pronto, está en comisiones. Cuando desde Palacio Nacional les guiñen el ojo a los congresistas de Morena, vendrá lo bueno. Hay que ir haciendo quinielas, en un país donde todo es controversial y pletórico de carga política. Pero en lo sustancial, nunca se sabe a quién le conviene o beneficia. Veremos, la moneda está en el aire.